En octubre de 2017 entró en vigor la nueva ley de autónomos con cambios muy importantes para las que somos madres y además, autónomas: la bonificación de la cuota de autónomos mientras estés de baja de maternidad y la reducción de la cuota a 50 euros los 12 meses siguientes al haber terminado tu baja de maternidad.
En este post quiero contarte mi experiencia como madre, trabajadora por cuenta propia y la nueva ley del autónomo. No soy asesora fiscal, ni abogada, así que si tienes cualquier duda, es mejor que consultes con un experto.
Soy madre y autónoma. Emprendedora y madre. Y el orden es el mismo, pues ya trabajaba por cuenta propia cuando me quedé embarazada de mi primer hijo (tengo dos). También soy soñadora, contable, CEO, cocinera, amiga, esposa, contadora de cuentos, curo como nadie los rasponazos de las rodillas y además soy experta en redes sociales y comunicación algunas horas al día.
Ser autónomo en España no es ninguna fiesta. Hasta que no surgió la bonificación de 50 euros vigente los primeros meses de tu andadura empresarial, sin este “incentivo”, estabas obligado a pagar la tasa de más de 200 euros. Y para los que empiezan o quieren empezar un proyecto, cada euro que gastas es lágrimas y sudor.
Mi primer hijo lo tuve en 2016 y el segundo en 2017 y ya llevaba unos meses oyendo hablar sobre la nueva ley y esperándola como agua de mayo… porque toda ayuda es poca.
Con mi primer hijo, durante mi baja de maternidad (me cogí 8 semanas, las otras 8 se las cedí al padre. Y sí, esta experiencia daría para otro post, pero en resumen, qué mal visto está por otros trabajadores que el hombre se coja la baja…). Durante esas 8 semanas tuve que seguir pagando la cuota de autónomos y percibí la prestación que me correspondía. Pero como no trabajé, ni facturé, podéis echar las cuentas.
Con la segunda, fue diferente. Por un lado, estábamos esperando que la ley fuese efectiva (solo faltaba ser publicada en el BOE) y habíamos decidido que esta vez, la baja sería para mí.
¿Qué cambió la nueva ley respecto a mi primera baja de maternidad?
En dos cosas fundamentales:
- Durante la baja de maternidad no hay que pagar la cuota de autónomos, está bonificada.
- Tras la reincorporación después de la baja de maternidad, los 12 siguientes meses pagas una cuota de 50 euros.
¿Qué opciones de baja de maternidad tienes si trabajas por cuenta propia?
Las trabajadoras autónomas contamos con 16 semanas de baja de maternidad. En teoría, igual que las trabajadoras por cuenta ajena. En la práctica, no contamos con la posibilidad de ampliarla con los 15 días de lactancia, ni con lo que marquen los diferentes convenios del trabajador, o si la empresa en la que se trabaja tiene alguna política especial. Y aunque en principio sí que podríamos unirlo a las vacaciones (16 semanas no es suficiente para cuidar de un bebé y tener que dejarlo después de este tiempo para que lo cuide otro es muy duro, pero este es otro tema para otro post), todos sabemos la realidad del autónomo: ¿VACACIONES?
Con mi primer hijo traté de planificarme al máximo. 8 semanas de baja completa, más las 8 en las que estaría el padre en casa para poder volver al trabajo poco a poco (trabajo desde casa y pensé que sería asumible, sí, yo también me estoy riendo). Con la segunda… ya sabía a lo que me iba a enfrentar (sí, también me río de esto, no creas) y el mayor ya iba a la guardería por la mañana. Digamos que me lo he tomado con más calma, sabía que mi ritmo iba a bajar y estaba concienciada.
Si te interesa leer otro testimonio de otra mamá emprendedora y cómo se organizó, este de Gemma Fillol está muy bien.
Pues bien, con esas 16 semanas de baja, tienes varias opciones:
- La Ley te obliga a estar de baja 6 semanas (sí, durante esas 6 semanas estás de baja quieras o no).
- Con las otras 10 puedes hacerlos siguiente:
- No disfrutarlas.
- Disfrutarlas, es decir, tener una baja de maternidad de 16 semanas. O solo de 10, o de 12…
- Cederlas al padre. Puedes cederle todas las semanas que tú no te cojas.
- Cogerte la baja de maternidad a media jornada durante esas 10 semanas (o las que te decidas, menos las 6 que son obligatorias). ¿Esto qué quiere decir? Que esas 10 semanas se duplican, osea, que estarás 20 semanas de baja de maternidad, pero puedes trabajar a media jornada, facturando y toda el resto de obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social.
Qué implica la baja de maternidad a media jornada con la nueva ley
¿Si me cojo la baja de maternidad a media jornada tengo bonificada la cuota de autónomos durante ese tiempo? SÍ. Esto es lo que yo hice.
Pero ten en cuenta, que durante ese tiempo, la prestación por maternidad se reduce a la mitad.
Esta opción está bien si puedes reducir tu jornada laboral, trabajas desde casa y puedes compaginar el trabajo con el cuidado del bebé. Si tienes una tienda, o algún otro negocio en el que reducir el tiempo que pases allí es inviable, puede no ser tu mejor opción.
Lo mejor, que te asesores con algún experto, que valores tus opciones, las posibilidades que hay en tu familia, y en tu caso particular.
¿Y ahora qué?
Resumiendo: me cogí las 6 semanas que me obliga la ley.. Las otras 10, las cogí a media jornada, por lo que estuve 20 semanas más de baja, sin pagar cuota de autónomos, pero recibiendo la mitad de la prestación.
Ya me he reincorporado al trabajo a jornada completa (por cierto, tienes que avisar en la seguridad social que te reincorporas, que no se te olvide), donde me informaron, que al reincorporarme al trabajo, durante los 12 siguientes meses, solo tendría que pagar una cuota de 50 euros.
¿He vuelto a mi ritmo normal de trabajo? Voy poco a poco, sé que los siguientes meses el volumen de trabajo será menor. Pero es mi decisión, quiero estar más presente con mis hijos. Sí, sé que voy a ganar menos, pero quiero estar con ellos.
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